La plataforma ODR ha cerrado: quita ese enlace de tu tienda online (2026)
La plataforma ODR de la UE cerró el 20 de julio de 2025. Si tu tienda aún la enlaza, este es el enlace que debes quitar y qué poner en su lugar.
La plataforma ODR ha cerrado: quita ese enlace de tu tienda online (2026)
La respuesta corta: si tu tienda online tiene un enlace a la "plataforma de resolución de litigios en línea de la UE" (el famoso enlace ODR que era obligatorio), quítalo, porque esa plataforma ya no existe. La cerró la Unión Europea el 20 de julio de 2025. Casi nadie ha actualizado sus textos legales, así que es muy probable que el tuyo siga apuntando a una página muerta. Aquí te cuento qué ha pasado, qué quitar exactamente y, ojo, qué obligación NO desaparece con ella.
Un aviso: esto es información de un emprendedor a otro, no asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, confírmalo con un abogado o con la autoridad de consumo.
¿Qué era la plataforma ODR y por qué la enlazabas?
ODR viene de "Online Dispute Resolution", resolución de litigios en línea. Era una plataforma de la Comisión Europea para que un consumidor y una tienda online pudieran resolver una disputa sin ir a juicio. La creó el Reglamento (UE) 524/2013, y durante años obligó a las tiendas online a incluir un enlace a esa plataforma en sus textos legales (normalmente en el aviso legal, las condiciones de venta o el pie de página). Por eso lo tienes: no lo pusiste por gusto, era obligatorio.
¿Qué ha pasado? La plataforma ODR ha cerrado
La Unión Europea decidió suprimirla porque apenas se usaba. Con el Reglamento (UE) 2024/3228, de 19 de diciembre de 2024, que deroga el anterior 524/2013, el calendario fue este:
- Desde el 20 de marzo de 2025: no se admiten nuevas reclamaciones en la plataforma.
- Desde el 20 de julio de 2025: la plataforma queda cerrada del todo y se elimina la información almacenada.
Resultado práctico: el enlace que tienes en tu tienda apunta ahora a un sitio que ya no da servicio. Mantenerlo no te sanciona por sí solo, pero da mala imagen y confunde al cliente, así que toca limpiarlo.
¿Qué tengo que hacer en mi tienda?
Poco y rápido. Busca en tus textos legales el enlace a la plataforma ODR (suele ser una frase tipo "puede acudir a la plataforma de resolución de litigios en línea" con un enlace a ec.europa.eu/consumers/odr) y quítalo, junto con esa frase. Míralo en:
- El aviso legal.
- Las condiciones de venta / términos.
- El pie de página (a veces está solo ahí).
- Si usas una herramienta que te genera los textos legales, actualízalos desde ella.
Es una limpieza de cinco minutos, pero conviene hacerla ya para no quedarte con una referencia a algo que no existe.
Ojo: quitar el enlace ODR no te quita otras obligaciones
Ahora viene lo que casi nadie actualiza. Que desaparezca la plataforma ODR no significa que desaparezca tu obligación de informar al cliente sobre cómo reclamar. Sigues teniendo que:
- Informar de la posibilidad de acudir a la resolución alternativa de litigios (RAL o ADR): entidades de resolución de conflictos de consumo.
- Tener disponibles las hojas de reclamaciones (su regulación es autonómica, varía según tu comunidad).
Es decir, no basta con borrar el enlace y olvidarte: sustitúyelo por la información de reclamación que sí sigue vigente. Todo esto forma parte de los textos legales de tu tienda, que conviene revisar de vez en cuando porque, como acabas de ver, la normativa cambia (igual que los criterios sobre el banner de cookies).
¿Y ahora dónde reclama un cliente?
Sin la plataforma ODR, el consumidor tiene otras vías: las entidades de resolución alternativa acreditadas, la Red de Centros Europeos del Consumidor (ECC-Net) para compras transfronterizas dentro de la UE, y Fin-Net para temas financieros. Y, como siempre, las hojas de reclamaciones y las autoridades de consumo de cada comunidad autónoma. Tu tienda no tiene que resolver la disputa por esas vías, pero sí informar de que existen, igual que informas del derecho de desistimiento.
Preguntas frecuentes
¿Sigue siendo obligatorio el enlace a la plataforma ODR?
No. La plataforma ODR de la UE cerró el 20 de julio de 2025 (Reglamento UE 2024/3228, que deroga el 524/2013), así que el enlace ya no tiene sentido y conviene quitarlo de tus textos legales. Lo que sí sigue vigente es informar de otras vías de resolución de conflictos.
¿Me pueden sancionar por tener todavía el enlace ODR?
Tener un enlace a una plataforma que ya no existe no es lo que te expone a una sanción por sí mismo, pero da mala imagen y confunde al cliente. El riesgo real está en no informar de las vías de reclamación que sí siguen siendo obligatorias, así que sustituye el enlace, no lo dejes en el aire.
¿Qué pongo en lugar del enlace ODR?
Información sobre la resolución alternativa de litigios (entidades de consumo acreditadas), la referencia a las hojas de reclamaciones y, si vendes fuera de España dentro de la UE, la Red de Centros Europeos del Consumidor. Es parte de la información al consumidor de tus condiciones de venta.
¿Dónde suele estar el enlace ODR en mi tienda?
Normalmente en el aviso legal, en las condiciones de venta o en el pie de página, con una frase que remite a la "plataforma de resolución de litigios en línea" de la Comisión Europea. Búscalo por esos sitios y por la palabra "litigios" u "ODR": si encuentras un enlace a la plataforma ODR, quítalo.