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Modelo 130 o 131: cuál te toca y qué es el pago fraccionado del IRPF (2026)

Modelo 130 o 131: qué es el pago fraccionado del IRPF, cuál te toca según tu régimen y cuándo estás exento. El 20% trimestral, explicado claro.

Por Álvaro Ferrer · 27 de julio de 2026 · 8 min de lectura

Modelo 130 o 131: cuál te toca y qué es el pago fraccionado del IRPF (2026)

La respuesta corta: el modelo 130 y el modelo 131 son las dos caras del pago fraccionado del IRPF, el adelanto trimestral que haces a Hacienda a cuenta de la declaración de la renta. Presentas el 130 si tributas en estimación directa (la mayoría de quien vende online) y el 131 si estás en módulos (estimación objetiva). No presentas los dos, presentas el que corresponde a tu régimen, y en algún caso ninguno. Aquí te explico cuál te toca, cuánto se paga y cuándo estás exento de presentarlo.

Un aviso: esto es información de un emprendedor a otro, no asesoramiento fiscal. Tu régimen y tu situación concreta los confirma tu gestor, y los importes revísalos en la Agencia Tributaria.

¿Qué es el pago fraccionado del IRPF?

Cuando eres autónomo, el IRPF no te lo retienen entero como a un asalariado, así que Hacienda te pide que vayas adelantando una parte cada trimestre. Eso es el pago fraccionado: un anticipo a cuenta de tu declaración de la renta anual. Cuando en primavera haces la renta (el modelo 100), esos pagos ya hechos se te descuentan; si adelantaste de más, te devuelven, y si de menos, pagas la diferencia.

El pago fraccionado es el mismo IRPF pagado a plazos durante el año, en vez de todo de golpe en la declaración de la renta.

¿Modelo 130 o 131? Depende de cómo tributas

La diferencia entre los dos es directamente tu régimen de IRPF:

  • Modelo 130, estimación directa. Pagas el 20% de tu rendimiento neto (ingresos menos gastos) acumulado en el año, restando lo que ya ingresaste en trimestres anteriores. Es proporcional a lo que realmente ganas: si un trimestre tienes pérdidas, no pagas. Es el régimen por defecto y el de casi cualquier tienda online.
  • Modelo 131, estimación objetiva (módulos). No se calcula por tu beneficio real, sino por unos parámetros fijos (los "módulos": personal, superficie, etc.) según tu actividad. Solo aplica a ciertas actividades y con límites de facturación, y muchas actividades online ni siquiera pueden acogerse.

En la práctica, si vendes online estarás casi seguro en estimación directa, así que tu modelo es el 130. El 131 es de sectores concretos (algo de comercio, hostelería, transporte) que tributan por módulos.

El 20% del modelo 130, con un ejemplo

Para que se vea claro. El 130 se calcula sobre el rendimiento neto acumulado del año, no solo el del trimestre:

  • Ingresos del periodo menos gastos deducibles = rendimiento neto.
  • Sobre eso, el 20%.
  • A esa cifra le restas los pagos fraccionados de trimestres anteriores del mismo año y las retenciones que te hayan practicado.

Por eso los gastos deducibles importan tanto: cada gasto legítimo que sumas baja el rendimiento neto y, con él, lo que adelantas cada trimestre. Llevar las cuentas al día te asegura adelantar cada trimestre lo que de verdad corresponde.

Cuándo estás exento del modelo 130

Ojo a esta exención, porque puede ahorrarte presentar el 130. Si eres profesional y en el año anterior más del 70% de tus ingresos llevaron retención en factura, estás dispensado de presentar el modelo 130: Hacienda ya te ha ido cobrando el IRPF vía esas retenciones, así que no necesita el pago fraccionado.

El matiz para quien vende online: cuando vendes a particulares (una tienda online B2C), tus facturas no llevan retención, así que no llegas a ese 70% y sí tienes que presentar el 130. La exención es típica del profesional que factura a empresas (diseñadores, consultores) con retención, no del que vende productos al público. Si mezclas ambos, es justo el caso de sentarte con un gestor.

Los plazos del modelo 130 y 131 en 2026

Son los mismos que el IVA, así que caen a la vez que el modelo 303:

  • 1T: del 1 al 20 de abril.
  • 2T: del 1 al 20 de julio.
  • 3T: del 1 al 20 de octubre.
  • 4T: del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Si domicilias el pago, el plazo se cierra unos días antes. Y una diferencia con el IVA: el pago fraccionado no tiene resumen anual propio, porque su "cierre" es la declaración de la renta que haces en primavera.

Modelo 130 o 131, en resumen: cuál presentas

Para no darle más vueltas: modelo 130 o 131 es la pregunta de en qué régimen tributas. Estimación directa (lo normal, y casi seguro tu caso si vendes online), el 130, pagando el 20% de tu beneficio real cada trimestre. Módulos, el 131, por parámetros fijos. Y si eres profesional con más del 70% de ingresos con retención, puede que no presentes ninguno. Esto va de la mano de estar bien dado de alta como autónomo (donde eliges régimen en el modelo 036) y de tener afinados tus gastos, porque en estimación directa cada gasto deducible baja lo que pagas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 130 y el 131?

El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa: pagas el 20% de tu rendimiento neto real (ingresos menos gastos). El modelo 131 es el equivalente para quienes tributan en módulos (estimación objetiva), donde el pago se calcula por parámetros fijos y no por tu beneficio real. Presentas solo el que corresponde a tu régimen.

¿Tengo que presentar el modelo 130 si vendo online?

Lo normal es que sí. Si vendes a particulares, tus facturas no llevan retención, así que no te aplica la exención del 70% y tienes que presentar el modelo 130 cada trimestre (estando en estimación directa, que es lo habitual en una tienda online).

¿Cuándo estoy exento de presentar el modelo 130?

Cuando eres profesional y más del 70% de tus ingresos del año anterior llevaron retención de IRPF en factura. En ese caso Hacienda ya recauda tu IRPF por esas retenciones y no exige el pago fraccionado. Es típico de quien factura a empresas, no de quien vende productos a particulares.

¿Cuánto se paga con el modelo 130?

El 20% de tu rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) acumulado en el año, restando los pagos de trimestres anteriores y las retenciones soportadas. Si en un periodo tienes más gastos que ingresos, el resultado puede ser cero. En cualquier caso, el modelo 130 o 131 se presenta cada trimestre en los mismos plazos que el IVA.